El calendario lo publicaremos en breve.
Mientras tanto os vamos a ir dando informacion que os podrá servir para ir conociendo en que consiste, quien lo forma, para que sirve.
Si teneis alguna duda, enviadnos un email y resolveremos vuestras consultas.
ALGUNAS COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR
(LOE. Art. 127)
1.- Aprobar y evaluar el proyecto educativo del centro (P.E.C).
Este documento deberá tener en cuenta las características de su entorno social y cultural.
Este proyecto incluirá:
- La forma de atención a la diversidad del alumnado.
- La acción tutorial.
- El plan de convivencia. (LOE, art 121,124.1 y 127)
- La concreción del curriculo establecido por la administración y aprobado por el claustro.
- El tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. (LOE, art. 121.1)
Este documento deberán hacerlo publico los miembros del consejo escolar con el objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa (LOE. art. 121.1)
2.- Aprobar y evaluar las normas de organización y funcionamiento, con inclusión de las que garanticen el cumplimiento del Plan de Convivencia.
3.- Aprobar y evaluar la programación general anual, (P.G.A.), en el que se incluyen los aspectos de organización y funcionamiento.
4.- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los/as candidatos/as.
5.- Participar en la selección del/la director/a del centro escolar.
6.- Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades extraescolares complementarias. Aprobar, gestionar y evaluarlas en la memoria anual.
7.- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque de atengan a la normativa vigente.
8.- Decidir sobre la admisión de alumnos.
9.- Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su ejecución.
10.- Fijar las directrices para la colaboración con fines culturales y educativos con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
11.- Promover la renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios, sin que estos puedan provenir de las actividades llevados a cabo por las asociaciones de padres y de alumnos.
12.- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro escolar, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
13.- Aprobar el reglamento de régimen interno.
14.- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad y la resolución adecuada de conflictos.