Orientación

Servicios y orientaciones que la AMPA presta a sus asociados

  • Charlas informativas, especialmente a principio de curso, para orientar a los padres y madres, darles a conocer la estructura organizativa y el régimen de funcionamiento del Centro y de la APA.
  • Organización de actividades complementarias y extraescolares, de carácter formativo y que propicien y desarrollen el concepto de educación integral.
  • Funcionamiento sistemático de una Escuela de Padres y Madres que aborden temas de interés.
  • Actividades formativas a lo largo del curso: charlas, mesas redondas.
  • Oportunidad de integrarse en grupos de trabajo que propicien el enriquecimiento personal y posibiliten una actuación eficaz de la AMPA.
  • Información a través de un boletín informativo de la AMPA que se hará llegar a todos los socios a traves del blog y por email.
  • Celebración de una semana cultural y de varios días para someter a revisión temas de importancia educativa y desarrollar actividades que fomenten la convivencia.
  • Coordinación con las administraciones públicas y ONGs para prestar servicios que redunden en una mejora de la calidad educativas.
  • Coordinación con AMPAs de otros centros para llevar a cabo actividades culturales y deportivas.
  • Atención individualizada a todos los padres y madres para escuchar sus problemas, atender sus demandas o trasladar sus peticiones individuales.
  • Promover la participación de los padres y madres en las elecciones a consejos escolares y sus implicación en las asambleas y diversas actividades organizadas por la APA.
  • Potenciar todos los derechos individuales y colectivos de los padres y madres.
  • Implicarse en la gestión del centro. 



Consejo escolar


Competencias del Consejo Escolar Artículo 127 de la LOE,
 modificado por la LOMCE 

  •      Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica. 
  •   Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
  •      Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.  
  •      Participar en la selección del director/a del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director/a. 
  •      Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen. 
  •      Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director/a correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
  •     Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
  •      Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
  •      Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  •    Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  •   Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. 
  •      Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

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