viernes, 31 de octubre de 2014

VOTO POR CORREO CONSEJO ESCOLAR



Estimadas familias, 
si no podeis acudir a la votación del consejo escolar, siempre podreis entregar vuestro voto si vuestra pareja acude a votar, en un sobre con una fotocopia del DNI, o a traves de vuestro hijo que lo dejaria en Conserjeria y ellos lo entregarán a quien corresponda de la Junta Directiva. 
Os detallamos lo que dice el «BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 1996


Los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996, de 26 de enero, por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria y de los Institutos de Educación Secundaria, respectivamente, autorizan al Ministro de Educación y Ciencia, en sus disposiciones finales primeras, a desarrollar lo en ellos dispuesto y a regular cuantas cuestiones se deriven de su aplicación.
En uso de la autorización concedida, la presente Orden precisa los diferentes aspectos derivados de la nueva regulación de los órganos de gobierno de los centros públicos, a fin de proceder a la elección, designación, nombramiento y constitución de los mismos.
En su virtud, he dispuesto:
"Voto por correo
Décimo.-Los padres de los alumnos podrán emitir su voto por correo. A este efecto, el voto deberá ser enviado a la Mesa electoral del centro antes de la realización del escrutinio, mediante una carta que deberá contener el voto emitido y una fotocopia del documento nacional de identidad o de un documento acreditativo equivalente."


Muchas gracias por vuestra atención.

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